Bajo el Programa de Denunciantes de la SEC, los denunciantes pueden ser elegibles para una recompensa obligatoria de entre el 10 % y el 30 % del dinero recaudado si la información conduce a una acción de cumplimiento de la SEC en la que se ordenen al menos 1 millón de dólares en sanciones.
El programa también prohíbe las represalias contra cualquier empleado que dé un paso al frente con información sobre una violación de la ley de valores. Tampoco se les permite impedir que un denunciante contacte directamente a la SEC.
Otras características del programa incluyen:
- Alcance internacional: los denunciantes no necesitan ser ciudadanos ni residentes de los EE. UU. para ser elegibles para una recompensa. De hecho, la SEC alienta activamente las denuncias internacionales porque el fraude suele tener un carácter global.
- Presentación anónima: los denunciantes pueden presentar denuncias de forma anónima. Sin embargo, para ser elegibles para una recompensa, deben contar con un abogado que presente la denuncia en su nombre a través del portal en línea TCR de la SEC o en formato impreso, entre otros requisitos.
- Confidencialidad: la SEC mantiene una confidencialidad estricta, incluida la protección de la identidad de un denunciante frente a las solicitudes de la FOIA. En algunos procedimientos judiciales o en casos compartidos con otros reguladores, la identidad de un denunciante puede revelarse.
- Acciones relacionadas: las personas que cumplan el umbral de sanciones de 1 millón de dólares también pueden ser elegibles para recibir una recompensa si la misma información condujo a una acción relacionada emprendida por ciertas autoridades, como un enjuiciamiento penal paralelo.
- Sólidas protecciones legales: los denunciantes pueden reportar sus inquietudes a la SEC, que puede, en circunstancias apropiadas, emprender una acción de cumplimiento contra un empleador que incurra en represalias, como el despido, la degradación, la suspensión, el acoso u otras formas de discriminación
¿Quién califica como denunciante de la SEC?
Un «denunciante» es alguien que proporciona a un organismo gubernamental (como la SEC) información original sobre una posible violación de la ley federal de valores que (a) ocurrió, (b) está ocurriendo, o (c) está a punto de ocurrir.
Este programa estadounidense está abierto a todos, incluidos los denunciantes que residen fuera de los Estados Unidos y que cuentan con pruebas sólidas. Un denunciante no necesita ser empleado para presentar información.
Requisitos de legitimación del denunciante
La elegibilidad para el Programa de Denunciantes de la SEC se centra en el estatus del solicitante y en la información que posee. El solicitante debe ser una persona física (no una entidad corporativa) que reporte información de forma voluntaria antes de que la SEC inicie el contacto.
Esta información debe ser «original», lo que significa que proviene de las observaciones propias del solicitante o de un análisis único, y por lo general no puede basarse en material protegido por el privilegio abogado-cliente.
Las personas que normalmente se consideran no elegibles, como aquellas profesionalmente responsables de prevenir el fraude (por ejemplo, auditores, funcionarios de cumplimiento y directores), pueden ser elegibles en circunstancias específicas, como tras un período de espera de 120 días posterior a una denuncia interna.
Los funcionarios extranjeros, los empleados de organismos reguladores y las personas condenadas penalmente por reportar una mala conducta no son elegibles para el programa.
¿Qué tipo de violaciones cubre el programa?
La SEC investiga posibles violaciones de la ley federal de valores. Busca denuncias específicas, creíbles y oportunas que justifiquen un seguimiento y, potencialmente, una investigación.
En otras palabras, buscan cualquier denuncia que identifique a personas o transacciones fraudulentas dentro del ámbito de la ley federal de valores.
A continuación se presentan algunos ejemplos:
- Soborno a funcionarios extranjeros
- Esquemas Ponzi
- Manipulación del precio o del volumen de acciones
- Ofertas fraudulentas de valores
- Ventas en corto al descubierto abusivas
- Malversación de fondos (o valores)
- Uso de información privilegiada
- Declaraciones falsas o engañosas
- Ofertas iniciales de monedas (ICO) / fraude con criptomonedas
Si usted es un denunciante, se recomienda hablar con un abogado internacional de denunciantes de la SEC para una evaluación gratuita del caso y verificar el fundamento de su caso.
El proceso de denuncia ante la SEC: para denunciantes internacionales
Ya sea que se encuentre en Londres, Hong Kong, São Paulo o cualquier otro lugar del mundo, el proceso de participación en el Programa de Denunciantes de la SEC es el mismo. En la siguiente sección, recorreremos cada paso del proceso de denuncia, desde la presentación de su denuncia hasta la solicitud de una recompensa.
¿Cómo presento información bajo el programa de denunciantes de la SEC?
Para presentar una denuncia, debe completar y presentar un Formulario TCR (Tip, Complaint, or Referral) ante la Office of the Whistleblower de la SEC. Esto puede hacerse en línea a través del portal electrónico TCR de la SEC, o por correo postal o fax en formato impreso. El portal en línea es accesible internacionalmente, lo que lo convierte en una opción conveniente para los denunciantes internacionales.
En su presentación del TCR, describirá la naturaleza de la violación de la ley de valores, identificará a las personas o entidades involucradas, explicará cómo tuvo conocimiento de la información y proporcionará cualquier documentación de respaldo. No necesita estar en los Estados Unidos ni poseer la ciudadanía estadounidense para presentar la denuncia. Sin embargo, todas las presentaciones deben realizarse en inglés, y el formulario debe firmarse bajo pena de perjurio.
Se recomienda encarecidamente que los denunciantes internacionales contraten a un abogado de denunciantes de la SEC con base en los EE. UU. antes de presentar una denuncia. Un abogado con experiencia puede ayudar a garantizar que el TCR esté correctamente preparado, que su información se presente de la manera más eficaz y que sus derechos estén plenamente protegidos durante todo el proceso.
¿Puedo presentar una denuncia de forma anónima?
Sí. Como se señaló anteriormente, puede presentar su denuncia de forma anónima. Sin embargo, si opta por hacerlo y desea seguir siendo elegible para una recompensa económica, debe estar representado por un abogado que presente el TCR en su nombre. Su identidad solo será conocida por su abogado y no se divulgará a la SEC hasta que usted solicite una recompensa. Esta es una protección particularmente importante para los denunciantes internacionales que puedan enfrentar riesgos de represalia en jurisdicciones con protecciones para denunciantes más débiles que las de los Estados Unidos.
¿Qué significa proporcionar información «voluntariamente», y cómo se relaciona esto con la elegibilidad?
Como se explicó en los requisitos de elegibilidad anteriores, una de las condiciones clave para una recompensa de denunciante es que su información se proporcione voluntariamente. Bajo las reglas de la SEC, la información se considera «voluntaria» si se presenta antes de que la SEC, cualquier otro organismo gubernamental, o una organización autorreguladora (como FINRA) se la solicite a usted o a su representante. En términos prácticos, esto significa que si ya es objeto de una investigación o se le ha obligado a presentar documentos o testimonio, la información que proporcione en respuesta a esas exigencias generalmente no calificará como «voluntaria».
Para los denunciantes internacionales, esta es una razón importante para actuar con prontitud. Si tiene conocimiento de una violación de la ley de valores y espera demasiado tiempo, existe el riesgo de que los reguladores —ya sea en los Estados Unidos o en su país de origen— inicien investigaciones que puedan afectar el carácter «voluntario» de su presentación. Hablar con un abogado desde el principio puede ayudarlo a preservar este elemento crítico de su reclamación.
¿Qué sucede con mi denuncia una vez que la SEC la recibe?
Una vez que la SEC recibe su TCR, es revisada por el personal de la Office of the Whistleblower y puede remitirse a la división u oficina correspondiente para una evaluación adicional. La SEC recibe miles de denuncias cada año, por lo que no todas conducen a una investigación formal. Sin embargo, si la SEC determina que su información es específica, creíble y oportuna, puede abrir una investigación o incorporar su información a una ya existente.
Es importante entender que la SEC normalmente no proporciona actualizaciones sobre el estado de sus investigaciones, y el proceso puede tardar varios años. Los denunciantes internacionales deben estar preparados para un cronograma potencialmente prolongado. Su abogado puede monitorear las acciones de cumplimiento públicas y ayudarlo a mantenerse informado sobre los avances relevantes.
¿Cómo puede mi información «conducir a» una acción de cumplimiento exitosa?
Para ser elegible para una recompensa, su información debe «conducir a» una acción de cumplimiento exitosa que resulte en sanciones económicas superiores a 1 millón de dólares. La SEC interpreta esto de manera amplia. Su información puede «conducir a» una acción de cumplimiento exitosa si hace que el personal de la SEC abra una nueva investigación, si contribuye significativamente a una investigación ya existente, o si se utiliza para resolver con éxito un asunto de cumplimiento en curso.
Para los denunciantes internacionales, esto es alentador. Incluso si la SEC ya está investigando a una empresa o un esquema, su conocimiento único —como detalles sobre operaciones en el extranjero, cuentas bancarias extranjeras o transacciones transfronterizas— puede proporcionar la evidencia crítica que la SEC necesita para emprender o fortalecer una acción de cumplimiento.
La SEC ha reconocido públicamente que las denuncias internacionales suelen ser fundamentales para descubrir las dimensiones globales del fraude de valores. Esto es particularmente cierto en las violaciones que implican soborno a funcionarios extranjeros, que pueden estar relacionadas con la Foreign Corrupt Practices Act (FCPA), una de las máximas prioridades de cumplimiento de la SEC.
Nota sobre la denuncia interna de cumplimiento
Los denunciantes no están obligados a reportar internamente a su empleador antes de presentar una denuncia ante la SEC. Sin embargo, las reglas de la SEC sí ofrecen incentivos para quienes lo hacen. Si primero reporta la violación a través de los canales internos de cumplimiento o denuncia de su empresa, y esta luego proporciona información a la SEC o realiza una investigación interna que conduce a una acción de cumplimiento exitosa, la fecha de su reporte interno original puede tratarse como su fecha de presentación. Esto puede ser una ventaja importante para establecer prioridad.
Además, la denuncia interna se considera un factor positivo cuando la SEC determina el porcentaje de su recompensa. Dicho esto, los denunciantes internacionales deben sopesar este posible beneficio frente a cualquier riesgo de represalia en su país de origen. En muchas jurisdicciones, la denuncia interna puede exponerlo antes de que cuente con las protecciones legales que conlleva una presentación formal ante la SEC. Se recomienda encarecidamente consultar con un abogado calificado antes de decidir si reportar internamente.
¿Cómo me enteraré de la oportunidad de solicitar una recompensa?
Cuando la SEC emite un fallo u orden final en una acción de cumplimiento que resulta en sanciones económicas superiores a 1 millón de dólares, publica un «Aviso de Acción Cubierta» en el sitio web de la SEC. Estos avisos se publican de forma continua y son de acceso público desde cualquier parte del mundo. Cada aviso incluye un plazo —típicamente 90 días a partir de la fecha del aviso— dentro del cual debe presentar una solicitud de recompensa de denunciante.
Para los denunciantes internacionales, es fundamental monitorear estos avisos o contratar a un abogado que lo haga en su nombre. No cumplir con el plazo de 90 días significa perder su derecho a reclamar una recompensa por esa acción en particular, independientemente de lo significativa que haya sido su contribución.
¿Cómo solicito una recompensa?
Para solicitar una recompensa, debe presentar un Formulario WB-APP completo (Solicitud de Recompensa por Información Original) a la Office of the Whistleblower de la SEC dentro de los 90 días siguientes al Aviso de Acción Cubierta correspondiente. El formulario puede presentarse en línea a través del portal electrónico de la SEC o enviando una copia impresa por correo.
En la solicitud, describirá la información que proporcionó a la SEC, explicará cómo contribuyó a la acción de cumplimiento y proporcionará cualquier material de respaldo adicional. Si presentó la denuncia originalmente de forma anónima, deberá revelar su identidad en esta etapa. El personal de Revisión de Reclamaciones de la SEC evaluará entonces su solicitud y emitirá una determinación preliminar sobre si tiene derecho a una recompensa y, en caso afirmativo, el monto propuesto de la recompensa.
¿Qué factores considera la SEC al determinar el monto de la recompensa?
La SEC tiene la facultad discrecional de otorgar entre el 10 % y el 30 % de las sanciones económicas recaudadas. Al decidir en qué punto de ese rango se ubicará su recompensa, la SEC considera varios factores.
Los factores que pueden aumentar su recompensa incluyen: la importancia de la información que proporcionó, el grado de asistencia que ofreció durante la investigación, el interés programático de la SEC en disuadir violaciones (por ejemplo, un área prioritaria de cumplimiento), y si primero reportó la conducta a través de canales internos de cumplimiento.
Los factores que pueden disminuir su recompensa incluyen: su culpabilidad o participación en la violación, retrasos injustificados en la denuncia, e interferencia con los sistemas internos de cumplimiento.
Para los denunciantes internacionales, vale la pena señalar que la SEC otorga un valor significativo a la información que revela las dimensiones internacionales de los esquemas de fraude. Las denuncias que ayudan a la SEC a rastrear fondos a través de cuentas extranjeras, identificar co-conspiradores extranjeros o comprender estructuras transfronterizas complejas pueden ser especialmente impactantes, y pueden reflejarse en un porcentaje de recompensa más alto.
¿Puedo apelar la decisión de recompensa de la SEC?
Sí. Si la SEC emite una determinación preliminar que deniega su recompensa o propone un monto que usted considera demasiado bajo, tiene 30 días para presentar una respuesta por escrito impugnando la determinación. La SEC considerará entonces su respuesta antes de emitir una orden final.
Si no está de acuerdo con la orden final de la SEC, puede apelar ante un tribunal federal de apelaciones de los EE. UU. dentro de los 30 días siguientes a la orden final. El tribunal revisará si la decisión de la SEC estuvo respaldada por evidencia sustancial y si la SEC aplicó correctamente la ley. Los denunciantes internacionales tienen los mismos derechos de apelación que los reclamantes con base en los EE. UU. Su abogado puede presentar y gestionar la apelación en su nombre desde cualquier parte del mundo.
| Programa de Denunciantes de la SEC | |
| Nombre oficial | SEC Whistleblower Award Program |
| Establecido por | Dodd-Frank Wall Street Reform and Consumer Protection Act, Sección 21F de la Securities Exchange Act de 1934 |
| Fecha de vigencia | 12 de agosto de 2011 (las reglas entraron en vigor) |
| Promulgada por | El presidente Barack Obama (21 de julio de 2010) |
| Rango de la recompensa | 10 % a 30 % de las sanciones económicas recaudadas que superen 1 millón de dólares |
| Total de recompensas hasta la fecha | Más de 2.200 millones de dólares otorgados a denunciantes |
| Codificación | 15 U.S.C. § 78u-6 (Título 15: Comercio y Negocios) |
| Reglas de implementación de la SEC | 17 C.F.R. §§ 240.21F-1 a 240.21F-17 |
| Organismo de aplicación | Office of the Whistleblower de la U.S. Securities and Exchange Commission (SEC) |
| Formularios clave | Formulario TCR (Tip, Complaint, or Referral) Formulario WB-APP (Solicitud de Recompensa) |
| Elegibilidad internacional | No se requiere ciudadanía ni residencia estadounidense. Se excluye a los funcionarios de gobiernos extranjeros |
| Programas de denunciantes relacionados | Programa de Denunciantes de la CFTC (más de 395 millones de dólares otorgados) Programa de Denunciantes del IRS Programa de Denunciantes de FinCEN Programa de Denunciantes del DOJ (Programa Piloto lanzado en 2024) |





